jueves, 29 de mayo de 2014

Agradecimiento

Estimados amigos

Quisiera agradecer públicamente a todas aquellas personas que han visitado el blog Museo Aviación Militar Española y han decidió colaborar con su autor.  He recibido correos electrónicos con envíos de fotografías, recuerdos, anécdotas y de emblemas de cursos, a los que les agradezco su aportación. Gracias a estas colaboraciones se pueden ampliar las entradas dedicadas a los emblemas de cursos y especialidades.

Cualquier aportación que haga crecer el blog y con ello dar a conocer la riqueza histórica del Ejercito del Aire tiene las puertas abiertas en este Museo de Aviación Militar Española.


Gracias

sábado, 17 de mayo de 2014

CARTERA MILITAR DE IDENTIDAD

Boletín Oficial del Aire nº 126 de fecha 23 de octubre de 1943. Con el fin de unificar todas las órdenes dictadas sobre la Cartera Militar de Identidad del Ejercito del Aire para ampliar el derecho a su uso a determinado personal que carecía de ella, y al objeto de evitar dudas en su expedición, se observara lo siguiente.
Articulo 1º.- La Cartera de Identidad Militar estará formada en lo sucesivo por la cartera propiamente dicha, la tarjeta de identidad y el talonario de vales para viajar por ferrocarril, para el personal que tenga derecho a su uso. Este documento será personal e intransferible y servirá para justificar el derecho de sus poseedores a efectuar viajes por ferrocarril con los beneficios de tarifa reducida. La presentación de la Cartera Militar de Identidad en las dependencias creadas por Orden de este Ministerio será suficiente para acreditar la personalidad del interesado.

Articulo 2º.- Solamente tendrán derecho a la Cartera Militar de Identidad del Ejercito del Aire, con las características que en cada caso se señalan, el personal de Generales, Jefes, Oficiales, Suboficiales y asimilados de este Ejercito en las diferentes situaciones que a continuación se expresan, que hayan causado alta definitiva, y por tanto, se encuentre incluido en alguna de las escalas de las Armas o Cuerpos de este Ejercito; por consiguiente, el personal de otros Ejércitos prestando servicio en el del Aire como agregados, en comisión, etc., conservará la de su Ejercito respectivo, hasta que hayan causado alta definitiva en el Ejercito del Aire.



Abajo, dibujo de la portada de la Cartera así como de la tarjeta militar de identidad. Arriba, la cartera abierta y el vale de viaje en ferrocarril.


                           Recreación de una cartera de un suboficial de los años 40-50



La Cartera Militar de Identidad está fabricada en cuero de color marrón oscuro. Como se ve lleva el escudo de España en la parte superior, Ejercito del Aire, el emblema de Aviación genérico en ese momento, esto es, con el águila dentro del círculo, y Cartera Militar de Identidad, todo esto grabado en color dorado sobre el cuero.


Interior de la cartera, vemos entre dos hojas de plástico transparente la tarjeta de identidad militar, y el carnet de un Brigada del Arma de Tropas de Aviación.


La parte trasera de la cartera está dividida en un departamento donde se guarda el dinero, hay unos billetes de 1000, 100 y 5 pesetas de curso legal en la época, el talonario de vales para viajar en ferrocarril, así como el recibo de la gerencia del Patronato de Casas del Aire correspondiente al alquiler del mes de agosto de 1949, por importe de 90 pesetas de la vivienda en la que se aloja el Brigada y su familia.


Fuente: Boletín Oficial del Aire correspondiente a la fecha, cartera y objetos que la acompañan archivo Carlos Bourdon.





martes, 13 de mayo de 2014

EL CADETE GALONISTA DE LA ACADEMIA GENERAL DEL AIRE

Del reglamento provisional para el régimen interior de la Academia General del Aire. Febrero de 1945.

Artículo 109. Con la doble finalidad de servir de estimulo a sus compañeros y llenar el cometido en el servicio, se nombraran Sargentos y Cabos galonistas como distinción sobresaliente. La elección se hará entre los cadetes del segundo curso mejor conceptuados y el número de ellos dependerá de las necesidades del servicio los cuales serán determinadas  por el coronel director.

Artículo 110. Vistas las necesidades se reunirá la Junta Facultativa para examinar los expedientes escolares de los cadetes, cubriendo las vacantes por orden de mayor a menor puntuación de notas de curso, excluyendo a aquellos que no obstante su buena puntuación, no se les considere acreedores por su comportamiento, carácter u otras causas.

Artículo 111. Llevara los galones de Sargentos y Cabos reglamentarios, siendo un distintivo puramente escolar. Sus atribuciones y deberes en el trato con los cadetes serán análogos a los establecidos en el régimen interior de los cuerpos armados para estas jerarquías, más los fijados en este reglamento y cuantas misiones les sean encomendadas por sus profesores que tengan relación con el cargo que desempeñan. Serán ejemplo constante de disciplina, aplicación y buena conducta.

Artículo 112. Dentro de las unidades ejercerán el mando de las escuadras y pelotones. En la vida académica estarán al frente de las clases y mesas del comedor cuidando siempre del buen orden y compostura de los Cadetes a sus órdenes y de los cuales serán responsables directos.

Artículo  113. Harán servicio de vigilancia y en sus compañías ejecutaran los servicios de Sargentos de Semana y Cabos de Cuartel cuando para ello fueran nombrados, poniendo en ella todo su celo y siguiendo fielmente las instrucciones que a dicho fin reciba del Oficial de Servicio.

Artículo 114. Serán afables con sus compañeros sin que ello indique falta de energía en el mando que ejerce. Pondrán especial cuidado dentro de su escuadra o pelotón con los Cadetes de nuevo ingreso que desconocen en su mayoría la rigidez de la vida militar. Serán atentos en el trato con ellos, enterándoles de sus obligaciones y deberes, aconsejándoles en todo aquello que la vida militar exige, enseñándoles a vestir con propiedad y conservar sus ropas y efectos en el más perfecto estado de policía.

Artículo 115. Los cadetes galonistas serán desposeídos de sus cargos en los casos siguientes:
1º por sentencia del consejo disciplinario
2º por falta de conducta en los casos fijados en el capitulo “de la disciplina”
3º por faltas de aplicación
4º por no demostrar la necesaria aptitud para el ejercicio de su cargo.
Los apartados tercero y cuarto serán enjuiciados por el coronel director a quien corresponde la aplicación del correctivo en todos los casos.


Un alumno de la Academia General del Aire, cadete galonista, un emblema en forma de “V” en oro, cosido a la manga izquierda del uniforme, entre el hombro y el codo. (Archivo Carlos Bourdon).


El emblema cosido en la manga, como se ve en forma de “V”, de material textil en oro. (Colección Carlos Bourdon).


Quizás el cadete galonista más conocido, el por entonces alumno de la Academia S.A.R. el Príncipe de Asturias. (Del libro Academia General del Aire, crónica de 50 años. Mellado Perez y Arraez Cerda).

Fuente: Reglamento provisional para el régimen interior de la Academia General del Aire, los Alcázares, febrero de 1945. Colección Carlos Bourdon






DISTINTIVO DE PROFESOR DE LA ESCUELA SUPERIOR DEL AIRE (ESA)

Creado por OM 3733/1979, de 15 de noviembre (BOA 140), con el diseño clásico de los distintivos de función del profesorado militar: lazo de seda de los colores nacionales de 4 cm de diámetro sobre seda gris azulado, igual al color del uniforme, con colgante del mismo color, de 1'5 cm de largo, rematados estos colgantes por hilillos de oro. En el centro del lazo, el emblema del Ejército del Aire de 29 mm de largo, rodeado de sendas ramas de laurel y roble en color verde, y unidas en su parte inferior por un lazo. En la parte superior de este emblema, una estrella de cinco puntas, y en la inferior, bastón y espada cruzados, todos dorados. Podían usarlo los profesores de la desaparecida Escuela Superior del Aire (hoy Centro de Guerra Aérea), desde su nombramiento, adquiriendo el derecho a su uso permanente una vez que cesen en su función, que deberán haber desempeñado un mínimo de tres cursos académicos consecutivos.




Fuente: Boletín Oficial, emblema colección del autor.